“Algunas industrias fabrican dudas”
El concejal Rodolfo Knittel de la Coalición Cívica de Tres de Febrero ironizó con esta frase sobre la desinformación que existe con respecto a las fábricas instaladas en diversos lugares del municipio.
“Aproximadamente el 50% del partido está clasificado como zona industrial, incluyendo partes de las localidades de Loma Hermosa, Pablo Podestá, Martín Coronado, Caseros, José Ingenieros, Villa Raffo, Ciudadela y Villa Bosch. A su vez, las industrias están divididas en 3 categorías distintas dependiendo del nivel de complejidad de producción” explicó Knittel.
“Esta disposición del distrito –prosiguió el edil de Carrió- permite que varias empresas se instalen en lugares donde ya hay viviendas, generando malestar en los ciudadanos que deben soportar los ruidos y, en algunos casos, la contaminación que las fábricas producen”.
“Además, en una gran cantidad de casos, los vecinos no tienen información acerca de las fábricas con las que conviven. No saben como se llaman, de que categoría son, que fabrican y ni siquiera si están habilitadas. Por estos motivos, en la última sesión del concejo presentamos una ordenanza exigiendo que las industrias coloquen un cartel en sus frentes informando todos estos datos” finalizó el concejal Knittel.
A continuación podrá ver fotos de algunas fábricas del distrito (haga click para agrandarlas):
Para ver más fotos y el proyecto presentado por el concejal Knittel haga click en "Lea el resto".
A continuación podrá ver el proyecto presentado ante esta situación:
Caseros, 6 de Mayo de 2008
PROYECTO de ORDENANZA del Concejal RODOLFO KNITTEL sobre:
COLOCACIÓN de CARTEL INFORMATIVO en el FRENTE de las INDUSTRIAS RADICADAS en el DISTRITO.
Art. 1ro: Las industrias de primera, segunda y tercera categoría registradas en la Secretaría de Desarrollo Económico del Municipio de Tres de Febrero, colocarán en el frente de los edificios, un cartel, con medidas no menores a un (1) metro de cada lado, que exponga los siguientes datos:
a) Concepto y razón social.
b) Número y fecha de habilitación municipal.
c) Rubro y/o tipo de actividad que desarrolla la industria o depósito.
d) Categoría que tiene asignada.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Art. 2do:. Las industrias que carezcan del número catastral de la propiedad deberán colocarlo en un máximo de 30 días de la promulgación de la presente ordenanza.
Art. 3ero:. De forma.
VISTO
Que en el municipio existen radicados una gran cantidad de industrias y depósitos; y,
CONSIDERANDO
Que la gran mayoría de estos no poseen datos sobre el frente del edificio referidos a la producción que desarrollan, la categoría que se le asignó, materia prima que utiliza, lo que guarda en depósito, residuos sólidos, líquidos y/o gaseosos que expide, entre otros.
Que los vecinos deben tener conocimiento de la actividades que desarrollan las industrias ubicadas en su vecindario.
Que las fábricas no tendrían que trabajar con productos tóxicos o contaminantes sin el pleno consentimiento de la población.
Que hay antecedentes de varios siniestros ocurridos en nuestro municipio, por ejemplo el incendio de una fábrica en la localidad de Caseros, en donde se desconocía el rubro de la misma.
Que existen periódicamente denuncias de vecinos, donde sospechan de los materiales utilizados para la elaboración de sus productos.
Que contar con un cartel donde especifique razón social, categoría y rubro al que se dedica la empresa, beneficiará a la comuna lindante, dándole garantías de seguridad y salud.
Presentado por el Bloque Coalición Cívica ARI.
Prensa RCK 83
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